Hojas de Reclamación
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Foto Alicia |
Las rebajas en bershka son así. Pero lo mejor de todo vas a decirlo y te sieguen mintiendo y ni si quieran te dan la hoja de reclamaciones, según ellas no la encuentran. “Vaya robo me siento furiosa"
Comentario hecho hace pocos días por una compañera de Facebook, quiero aprovechar el comentario para deciros algunas cosas.
Primera que esta practica la hacen varias empresas y todas grandes, el subir los precios en rebajas pasa, al igual que venderte prendas rebajadas con pequeñas taras sin avisar al cliente, venderte ropa que tienen en los almacenes de hace mucho tiempo, diciéndote que es de este año, así muchas mas artimañas.

Por favor para todos los que me leéis cuando os pase un caso así solicitar la hoja de reclamaciones, es la única herramienta que tenemos para pararles los pies a estos individuos. Aunque penséis lo contrario yo os aseguro que las hojas de reclamación si son efectivas, cuando las rellenas hay tres hojas una para ti otra para el negocio y la ultima para la administración. Esta ultima la entregas a la administración y ellos investigaran el caso y en poco tiempo te darán una solución.
Normativa sobre hojas de reclamación
Como punto de partida, el consumidor debe saber que todas las personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos o centros que comercialicen bienes, presten servicios u organicen espectáculos públicos o actividades recreativas están obligadas a poner a disposición del público hojas de reclamación.
De hecho, no sólo es obligatorio disponer de ellas, sino que se debe comunicar su existencia mediante carteles que sean perfectamente claros y visibles para los clientes. Incluso en algunas comunidades autónomas se regula el tamaño y la tipología de letra a usar para confeccionar los carteles anunciadores.
Así por ejemplo, en Galicia el Decreto 375/68 establece que los establecimientos deben colocar estos letreros de modo permanente en la zona de mayor concurrencia de público y que han de estar escritos en gallego, castellano e inglés, y con una letra no inferior a los 7 milímetros. En el caso de que un comercio no disponga de hojas, o se niegue a entregarlas cuando un cliente las solicita, estará incumpliendo la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios, lo que conlleva su correspondiente sanción. En ese caso, el consumidor puede ir a la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) y dar parte del incidente e incluso tiene derecho a avisar a la policía municipal para que levante acta del hecho y se curse una denuncia contra el establecimiento. La defensa del consumidor es una competencia asumida por cada comunidad autónoma y son ellas mismas las que fijan la cuantía de la multa. Puede ser de 3.000 euros, si la infracción es tan sólo leve, o ascender a 12.000 euros si es considerada por la Administración competente como muy grave.
Las hojas de reclamaciones son impresos oficiales emitidos por las Comunidades Autónomas y estandarizados, que determinados establecimientos abiertos al público deben tener a disposición de los consumidores y usuarios, para que éstos puedan hacer constar las incidencias o conflictos ocurridos en la adquisición de un producto o en la prestación de un servicio.

Si alguna vez has solicitado una hoja de reclamaciones o si aún no lo has hecho,te resumimos en diez puntos los errores más comunes en los que caemos los consumidores al respecto de las hojas de reclamaciones.
1.-No está el encargado, yo no estoy autorizado a darle una hoja de reclamaciones:
2.-No tenemos hojas, no estamos obligados:
En general, todos los comercios y profesionales que ofrezcan bienes o servicios a los consumidores deben disponer de hojas de reclamaciones. La normativa autonómica exceptúa a profesionales colegiados (abogados, economistas, médicos, etc.), a servicios públicos o a aquellos que tengan una norma específica de hojas de reclamaciones).
“En el caso de las actividades de venta de productos o prestación de servicios fuera de un establecimiento mercantil o fijo, las hojas de reclamación/denuncia las llevarán las personas vendedoras, los operarios o prestadores de servicios y los entregarán a la persona consumidora o usuaria”.
4.-Como no ha adquirido nada ni consumido nada no se la podemos dar, no es cliente:
“Las hojas de reclamación/denuncia oficiales tienen que permanecer en el establecimiento donde se lleve a término la actividad comercial o de servicios a la persona consumidora o usuaria, y serán entregados a la persona que lo solicite, aunque no haya formalizado ningún trato comercial con la empresa”.
5.-Si no me da la hoja no le pago o, pues ahora dejo de pagar, se van a enterar estos
6.-Para qué voy a reclamar si no sirve para nada:
a) reclamar: es decir, exigir al establecimiento una compensación por un mal servicio o por cobrarnos más de lo que, a nuestro criterio, deberían. Aquí tenemos un fin claro: resarcirnos de un daño.
b) sin embargo, mucha gente piensa que quejarse o denunciar una situación de abuso no merece la pena: en este caso, nos solemos cruzar de hombros y decir, “no vuelvo” pero no estamos ayudando a atajar el problema frente a otros usuarios ni la administración puede conocer el incumplimiento del establecimiento de la normativa.
Por favor pide la hoja siempre, ayudarás a todos.
7.-Tome, esta es la hoja:
Algunos comercios podrían estar tentados a entregarnos un formulario de parte, hecho por ellos mismos y muy parecidos (es aspecto y denominación) para engañarnos. Sin embargo, conviene saber que está prohibida por Ley la tenencia o entrega a los consumidores de hojas o documentos de reclamación o denuncia que puedan inducir a error o confusión con los oficiales para su presentación, naturaleza o finalidad. También está prohibido utilizar el nombre de hoja de reclamación u hoja de denuncia en los documentos, distintos a las hojas oficiales, que ofrezcan los comercios a los consumidores.
8.-Déjeme a mí el ejemplar de la administración que yo se lo haré llegar a Consumo:
10.-No pasa nada, puedes reclamar después, directamente a los organismos de consumo:
Nada más lejos de la realidad. Recuerda que no por no rellenar una hoja de reclamaciones se pierde el derecho a reclamar contra un establecimiento o a quejarse de algún incumplimiento de la norma.
Tercera las etiquetas de rebajas no pueden ir pegadas encima de la etiqueta con el precio, si no al lado, que se vea el precio que tenia la prenda y el precio de rebaja.
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